Skip to content
Caso de clienteTarifasSeguridadComparativaBlog

Europe

Americas

Oceania

Cumplimiento8 min de lectura

KYC: guía completa para empresas en España 2026

Qué es el KYC, obligaciones legales, proceso paso a paso y mejores prácticas para empresas en España. Guía actualizada con requisitos SEPBLAC y CNMV 2026.

Carlos Ruiz, Consultor de cumplimiento normativo
Carlos Ruiz, Consultor de cumplimiento normativo·
Illustration for KYC: guía completa para empresas en España 2026 — Cumplimiento

Resumir este artículo con

El KYC (Know Your Customer, «conoce a tu cliente») es el proceso mediante el cual las empresas verifican la identidad de sus clientes antes de establecer una relación comercial. En España, esta obligación está regulada principalmente por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, supervisada por el SEPBLAC y, para las entidades de inversión y criptoactivos, también por la CNMV.

Incumplir las obligaciones KYC conlleva sanciones graves: en 2023, el Banco de España impuso sanciones superiores a 4 millones de euros a entidades financieras por deficiencias en sus procesos de identificación de clientes. El KYC no es solo un trámite administrativo — es una obligación legal cuya omisión puede paralizar la operativa de su empresa.

Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico, financiero ni regulatorio. Consulte a un profesional cualificado para orientación específica sobre su situación.

¿Qué es el KYC?

El KYC es el conjunto de procedimientos que permite a una empresa identificar y verificar la identidad de sus clientes, evaluar el riesgo que representan y monitorizar la relación comercial de forma continua. Su objetivo es prevenir el uso de la empresa como vehículo para el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo u otros delitos financieros.

Desde enero de 2026, el Reglamento (UE) 2024/1620 que crea la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (AMLA) está en vigor, reforzando la coordinación entre los supervisores nacionales como el SEPBLAC (Reglamento (UE) 2024/1620, DO de la UE de 19 de junio de 2024).

El proceso KYC se estructura en tres fases:

  • Identificación: recogida de datos del cliente (nombre, DNI/NIE/pasaporte, domicilio, fecha de nacimiento)
  • Verificación: comprobación de la autenticidad de los documentos aportados
  • Evaluación del riesgo: clasificación del cliente y determinación del nivel de diligencia aplicable

¿Qué empresas están obligadas al KYC en España?

La Ley 10/2010 establece una lista de «sujetos obligados» que deben aplicar las medidas KYC. El ámbito abarca sectores muy diversos.

Sector Entidades obligadas
Banca y crédito Entidades de crédito, establecimientos financieros
Inversión Empresas de servicios de inversión, gestoras de fondos
Seguros Aseguradoras de vida y mediadores de seguros
Derecho y auditoría Abogados, notarios, auditores, asesores fiscales
Inmobiliario Agentes inmobiliarios (operaciones >10.000 €)
Criptoactivos Proveedores de servicios de criptoactivos (PSCA)
Comercio Comerciantes de bienes en efectivo >10.000 €

Para los comerciantes de joyas, metales preciosos u obras de arte, la obligación KYC se activa a partir de 10.000 euros en efectivo, conforme al artículo 2.1.m) de la Ley 10/2010.

El SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias) es la autoridad española responsable de supervisar el cumplimiento de la normativa antiblaqueo. Opera bajo el Ministerio de Asuntos Económicos e integra representantes del Banco de España, la CNMV, la Policía Nacional y la Agencia Tributaria.

Las etapas del proceso KYC

Identificación y recogida documental

La identificación debe producirse antes del inicio de la relación de negocio. Para personas físicas, la documentación mínima es un documento de identidad oficial en vigor (DNI, NIE o pasaporte) y, para riesgo elevado, un justificante de domicilio reciente.

Para personas jurídicas, el proceso requiere: escritura de constitución, NIF, poderes del representante legal, y la identificación de los titulares reales (beneficiarios efectivos) que ostenten más del 25 % del capital o los derechos de voto, conforme al artículo 4.2 de la Ley 10/2010.

Verificación de autenticidad

La verificación puede realizarse de forma presencial o mediante métodos a distancia. El SEPBLAC autorizó en mayo de 2015 la videoidentificación como método equivalente a la identificación presencial, siendo N26 el primer banco en implementarlo en España. Desde entonces, el ecosistema eKYC ha evolucionado con sistemas de OCR, biometría facial y detección de vida (liveness detection).

La solución de verificación documental automatizada de CheckFile permite verificar documentos de identidad españoles y extranjeros en menos de 10 segundos, con detección de manipulaciones y comprobación de metadatos.

Evaluación del riesgo y diligencias debidas

La Ley 10/2010 establece tres niveles de diligencia:

Nivel Cuándo aplica Medidas requeridas
Diligencia simplificada Clientes de bajo riesgo (entidades públicas, grandes empresas cotizadas) Identificación básica suficiente
Diligencia normal Relaciones comerciales estándar Identificación completa y monitorización ordinaria
Diligencia reforzada PEP, países de riesgo elevado, operaciones inusuales Investigación de origen de fondos, supervisión intensiva

Una Persona con Responsabilidad Pública (PRP/PEP) es aquella que desempeña o ha desempeñado una función pública relevante — cargo gubernamental, parlamento, magistratura, dirección de empresa pública — y sus familiares directos. Requiere diligencia reforzada obligatoria.

Monitorización continua

El KYC no termina con la incorporación del cliente. Los sujetos obligados deben mantener actualizada la información del cliente y vigilar las transacciones para detectar operaciones inusuales. La revisión periódica varía según el riesgo: anual para clientes de alto riesgo, trienal para clientes estándar.

Nuevos requisitos CNMV 2026

A partir del 31 de enero de 2026, las empresas de servicios de inversión, gestoras y proveedores de servicios de criptoactivos deben presentar a la CNMV el nuevo estado reservado de prevención del blanqueo de capitales, que recoge datos sobre clasificación de clientes por riesgo, operativas de fondos y comunicaciones al SEPBLAC. Esta obligación fue establecida por la Circular 3/2024 de la CNMV.

Para las empresas del sector cripto, la plena implementación del reglamento MiCA en 2026 supone requisitos adicionales de KYC y la necesidad de obtener una autorización de la CNMV como PSCA. Nuestra guía sobre obligaciones KYC 2026 analiza en detalle estas novedades.

Comunicación de operaciones sospechosas al SEPBLAC

Todo sujeto obligado que detecte una operación sospechosa debe comunicarla al SEPBLAC mediante una Comunicación por Indicio (CI). Esta comunicación está protegida por el deber de confidencialidad: está prohibido revelar al cliente o a terceros que se ha realizado una comunicación.

En 2023, el SEPBLAC recibió 14.872 comunicaciones por indicio, de las cuales el 68 % procedían de entidades financieras. La cifra refleja el crecimiento sostenido de las denuncias en el sistema financiero español.

KYC y verificación empresarial: KYB

Las empresas que trabajan con clientes corporativos deben aplicar el KYB (Know Your Business), que extiende la lógica KYC a la verificación de personas jurídicas. Esto incluye comprobar la estructura accionarial, identificar a los titulares reales y verificar la actividad económica. Para profundizar en este proceso, consulte nuestra guía de verificación KYB para empresas.

Para una visión global de las mejores prácticas de cumplimiento documental, visite nuestra guía de conformidad documentaria.

Digitalización KYC: el eKYC en España

España ha avanzado significativamente en la adopción del KYC digital. El SEPBLAC aprobó la videoidentificación automatizada en 2020, estableciendo requisitos técnicos para la validación biométrica de documentos. Las plataformas eKYC modernas combinan:

  • Verificación OCR de DNI, NIE y pasaportes
  • Biometría facial con detección de vida
  • Comprobación en listas de sanciones (OFAC, UE, ONU)
  • Consulta de bases de datos de PEP

Consulte nuestros planes y precios para encontrar la solución más adecuada al volumen de su empresa.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el KYC en español?

KYC es la sigla de Know Your Customer («conoce a tu cliente»), que designa los procedimientos de identificación y verificación de identidad que deben aplicar las entidades obligadas antes de establecer una relación de negocio. En España, estos procedimientos están regulados por la Ley 10/2010 y supervisados por el SEPBLAC.

¿Qué documentos se necesitan para el KYC?

Para personas físicas: documento de identidad oficial en vigor (DNI, NIE o pasaporte) y, para perfiles de riesgo elevado, justificante de domicilio reciente. Para personas jurídicas: escritura de constitución, NIF, poderes del representante y datos de titulares reales con más del 25 % del capital.

¿Es obligatorio el KYC para todas las empresas en España?

No para todas. El KYC es obligatorio únicamente para los sujetos obligados definidos en el artículo 2 de la Ley 10/2010: entidades financieras, aseguradoras de vida, notarios, abogados, asesores fiscales, agentes inmobiliarios y comerciantes de bienes en efectivo a partir de 10.000 euros, entre otros.

¿Qué sanciones existen por incumplimiento del KYC en España?

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas graves o muy graves: multas de hasta el 10 % del volumen de negocio anual, inhabilitación de administradores, e incluso la extinción de la autorización para operar. El Banco de España y la CNMV publican anualmente sus resoluciones sancionadoras.

¿Qué diferencia hay entre KYC y AML?

El KYC es el proceso de identificación y verificación del cliente, mientras que el AML (Anti-Money Laundering, o PBC en español) es el marco global de prevención del blanqueo de capitales, del que el KYC es un componente. El AML incluye también la monitorización de transacciones, la formación del personal y las comunicaciones por indicio al SEPBLAC.

Profundizar en el tema

Descubra nuestras guías prácticas y recursos para dominar el cumplimiento documental.