Diligencia Debida del Cliente
El CDD (Customer Due Diligence) designa las medidas de vigilancia que las entidades obligadas deben aplicar para identificar a sus clientes, comprender la naturaleza de sus actividades y evaluar el riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. El CDD constituye la base operativa del proceso KYC.
La diligencia debida del cliente comprende tres niveles de intensidad: medidas simplificadas para clientes de bajo riesgo, medidas estándar aplicables por defecto y medidas reforzadas (EDD) para situaciones de alto riesgo. Cada nivel implica requisitos diferentes en materia de recopilación de información, verificación documental y seguimiento de transacciones.
En el marco del CDD estándar, la empresa debe identificar al cliente y verificar su identidad mediante documentos fiables, identificar al titular real cuando proceda, obtener información sobre el objeto y la naturaleza de la relación comercial y ejercer una vigilancia continua. Estas obligaciones se aplican al inicio de la relación comercial, en transacciones ocasionales que superen determinados umbrales, ante sospechas de blanqueo y cuando la fiabilidad de la información previamente obtenida se vea comprometida.
La automatización del CDD mediante tecnologías de verificación documental permite estandarizar los controles y reducir el riesgo de error humano. CheckFile.ai facilita la implementación del CDD verificando automáticamente la autenticidad de los documentos de identidad y extrayendo los datos necesarios para la evaluación del perfil de riesgo.
Regulaciones
Ejemplos concretos
- 1.Un notario recopila los documentos de identidad y justificantes de domicilio de las partes antes de la firma de una escritura de compraventa inmobiliaria.
- 2.Un asesor fiscal verifica la identidad del administrador y la estructura societaria de una empresa cliente al aceptar un nuevo encargo.
- 3.Una gestora de activos aplica medidas CDD reforzadas a un cliente cuyos fondos proceden de una jurisdicción de alto riesgo.