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Certificado de contratistas y subcontratistas: guía 2026

Guía completa sobre la verificación del certificado de contratistas y subcontratistas en España: obligaciones AEAT, Seguridad Social, procedimiento y sanciones por incumplimiento.

Carlos Ruiz, Consultor de cumplimiento normativo
Carlos Ruiz, Consultor de cumplimiento normativo·
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El certificado de contratistas y subcontratistas es el documento emitido por la Agencia Tributaria (AEAT) que acredita que una empresa o profesional está al corriente de sus obligaciones tributarias durante los últimos doce meses. Para toda empresa que contrate o subcontrate la ejecución de obras o servicios correspondientes a su actividad económica principal, verificar este certificado —junto con la certificación de la Seguridad Social— es una obligación legal establecida en el artículo 43 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

El incumplimiento de esta obligación de comprobación convierte al contratante en responsable subsidiario de las deudas tributarias de su subcontratista, una responsabilidad que la Agencia Tributaria ha activado de forma creciente en los últimos ejercicios (Resolución 2/2004, de 16 de julio, DGT). Esta guía explica el mecanismo completo, los documentos exigibles y cómo gestionar el proceso con eficacia.

Qué es el certificado de contratistas y subcontratistas

El certificado de contratistas y subcontratistas, también conocido como "certificado positivo de la AEAT", confirma que la empresa identificada por su NIF no tiene deudas tributarias en situación de apremio durante los últimos doce meses. Si la empresa está al corriente, la AEAT emite un certificado positivo. Si existen deudas, retrasos en declaraciones o sanciones fiscales pendientes, se emite un certificado negativo o simplemente no se expide.

El certificado está disponible en la Sede Electrónica de la AEAT, en el apartado "Certificaciones > Contratistas y subcontratistas". El acceso requiere identificación mediante Cl@ve Permanente, certificado electrónico o DNI electrónico (Sede AEAT - Contratistas y Subcontratistas).

Validez: 12 meses desde la fecha de expedición. Este período de validez es el doble del que aplica en el sistema francés de attestation de vigilance (6 meses), lo que obliga a establecer un calendario de renovación anual por proveedor.

Documentos de cumplimiento social necesarios

El certificado tributario de la AEAT no cubre las obligaciones con la Seguridad Social. Para una verificación completa, el contratante debe solicitar adicionalmente:

Documento Emisor Qué acredita
Certificado positivo AEAT Agencia Tributaria Corriente en obligaciones fiscales (últimos 12 meses)
Certificado de estar al corriente TGSS Tesorería General Seguridad Social Ausencia de deudas con la Seguridad Social
Último recibo autónomos Seguridad Social Para trabajadores por cuenta propia

El artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores establece asimismo que el empresario principal debe certificar a sus contratistas y subcontratistas, por escrito, su situación respecto a los salarios de los trabajadores empleados en el centro de trabajo.

El artículo 43 de la Ley General Tributaria determina que los empresarios que contraten o subcontraten obras o servicios correspondientes a su actividad económica principal son responsables subsidiarios de las deudas tributarias que sus contratistas y subcontratistas no hayan satisfecho, en la parte correspondiente a la actividad subcontratada.

Esta responsabilidad subsidiaria se convierte en solidaria cuando el contratante no puede acreditar que solicitó el certificado de contratistas y actuó en consecuencia. La Audiencia Nacional ha confirmado esta interpretación en reiterada jurisprudencia.

La exención de responsabilidad exige cumplir dos condiciones acumulativas:

  1. Haber solicitado el certificado a la AEAT o a la TGSS antes del inicio de la actividad o la firma del contrato.
  2. Haber actuado en consecuencia: si el certificado obtenido es negativo (el proveedor tiene deudas), el contratante debe tomar medidas —como retener pagos hasta regularización— y documentar esas actuaciones.

La responsabilidad subsidiaria alcanza las cuotas de la Seguridad Social, las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores del proveedor, y el IVA repercutido en las facturas si no se ha ingresado.

Cuándo y con qué frecuencia verificar

La obligación de verificar se activa en dos momentos distintos:

Al inicio del contrato: antes de la firma o del inicio efectivo de la prestación. Esta verificación inicial está relacionada con la exoneración de responsabilidad solidaria.

Periódicamente durante la ejecución: para contratos de larga duración, los tribunales han interpretado que una verificación única al inicio no es suficiente si las circunstancias del proveedor cambian. La práctica recomendada es solicitar certificados actualizados cada doce meses (o en cada renovación del contrato).

En la práctica, los responsables de compras en empresas medianas gestionan entre 40 y 80 proveedores activos, lo que supone entre 40 y 80 verificaciones anuales en la AEAT más otras tantas en la TGSS. Sin automatización, este proceso consume recursos significativos.

Proceso de verificación del código seguro

Todo certificado emitido por la AEAT incorpora un código seguro de verificación (CSV) que permite comprobar la autenticidad del documento en la sede electrónica de la Agencia. Este código debe ser verificado por el destinatario antes de dar el certificado por válido, ya que la presentación de certificados falsificados es una práctica documentada en procedimientos de fraude fiscal.

La verificación se realiza en: https://sede.agenciatributaria.gob.es → Acceso con CSV.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la obligación de verificación tiene consecuencias económicas directas:

Responsabilidad subsidiaria por deudas tributarias: si el proveedor no paga sus impuestos y el contratante no puede acreditar haber verificado el certificado, la AEAT puede reclamar al contratante el pago de esas deudas, limitado a la proporción del volumen de negocio subcontratado.

Responsabilidad solidaria en el pago de salarios: el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario principal responde solidariamente de las obligaciones de naturaleza salarial contraídas por los contratistas y subcontratistas con sus trabajadores durante el período de vigencia de la contrata.

Imposibilidad de acceder a subvenciones y contratos públicos: las empresas con deudas con la AEAT o con la Seguridad Social —o las que tengan condenas firmes por fraude fiscal— no pueden acceder a ayudas públicas ni participar en licitaciones. Lo mismo aplica si el contratante ha sido sancionado por no verificar adecuadamente a sus proveedores.

Fournisseurs étrangers (proveedores extranjeros): documentos equivalentes

Para proveedores establecidos en otros países de la Unión Europea, España exige documentos equivalentes emitidos por el organismo competente del país de origen. Los principales documentos homólogos son:

País Documento equivalente Organismo emisor
Francia Attestation de vigilance URSSAF
Bélgica Attestation ONSS Office National de Sécurité Sociale
Alemania Unbedenklichkeitsbescheinigung Finanzamt / Krankenkasse
Italia DURC (Documento Unico di Regolarità Contributiva) INPS / INAIL
Portugal Certidão de Não Dívida AT / Segurança Social

Estos documentos deben aportarse en el idioma original acompañados de traducción oficial si así lo exige el contrato o la normativa sectorial aplicable.

La gestión de equivalencias para proveedores internacionales es uno de los puntos más complejos del proceso de cumplimiento. Soluciones como CheckFile permiten recopilar y verificar automáticamente estos documentos equivalentes según las reglas aplicables en cada país.

Para una perspectiva más amplia sobre la verificación de documentos de empresa en el onboarding de proveedores, nuestro artículo sobre verificación KYB de documentos empresariales cubre los principios aplicables en detalle.

Nuestro artículo sobre la verificación del derecho al trabajo también aborda las obligaciones documentales complementarias en la contratación de personal.

Para los principios generales de conformidad documental, consulte la guía de conformidad documental.

Automatización de la gestión de certificados

La gestión manual de los certificados de contratistas presenta riesgos conocidos: vencimientos no detectados, aceptación de certificados sin verificación del CSV, ausencia de trazabilidad para auditorías. Para una empresa con 60 proveedores activos, el proceso manual implica aproximadamente 120 verificaciones anuales (AEAT + TGSS).

Las plataformas de gestión documental automatizada permiten:

  • Integración con la sede electrónica de la AEAT para la obtención automática de certificados.
  • Alertas de vencimiento con antelación configurable (30, 15 días antes de expiración).
  • Verificación automática del código CSV de cada certificado recibido.
  • Registro auditable de todas las verificaciones, con exportación para auditorías de compliance.

CheckFile ofrece módulos específicos para la gestión de la conformidad de proveedores, incluyendo la integración con registros oficiales para verificación automática de documentos. La arquitectura de seguridad de CheckFile garantiza que los registros de verificación cumplan con los estándares de evidencia requeridos en inspecciones de la AEAT y del Ministerio de Trabajo.

Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico, fiscal ni regulatorio. Para situaciones específicas, consulte con un abogado o asesor fiscal cualificado.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio solicitar el certificado para todos los contratos?

La obligación se activa cuando la empresa contratista desarrolla obras o servicios correspondientes a la actividad económica principal del contratante. No aplica a contratos esporádicos o ajenos a la actividad principal. Sin embargo, en la práctica, la mayoría de los asesores recomiendan solicitar el certificado en todos los contratos de cierta entidad para evitar debates sobre el ámbito de aplicación.

¿Qué diferencia hay entre el certificado de contratistas y el certificado de estar al corriente?

El "certificado de estar al corriente con la AEAT" es un certificado genérico de obligaciones tributarias. El "certificado de contratistas y subcontratistas" es específico para relaciones de contratación o subcontratación de obras y servicios, y es el que activa la exoneración de responsabilidad del artículo 43 LGT. Ambos tienen validez de 12 meses pero se obtienen por procedimientos distintos.

¿Puede verificarse el certificado de un proveedor que no quiere facilitarlo?

La AEAT no permite que terceros accedan a la información fiscal de una empresa sin su consentimiento. Si el proveedor se niega a facilitar el certificado, el contratante no puede obtenerlo unilateralmente. En ese caso, se recomienda documentar la solicitud realizada y valorar si procede mantener la relación contractual.

¿Cuánto tiempo deben conservarse los certificados obtenidos?

La prescripción de las deudas tributarias en España es de cuatro años. Por tanto, se recomienda conservar los certificados de contratistas y subcontratistas durante un mínimo de cinco años desde la finalización del contrato al que se refieren, preferiblemente en formato electrónico con metadatos de fecha de obtención y verificación.

¿Existe un sistema automatizado para verificar múltiples proveedores a la vez?

La AEAT dispone de un servicio web para el intercambio de datos entre administraciones (AEAT/TGSS), pero el acceso masivo automatizado para empresas privadas no está disponible de forma directa. Plataformas de gestión documental especializadas pueden integrar estas verificaciones a través de APIs homologadas, reduciendo significativamente el tiempo dedicado a la gestión manual.

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